El principio legal que ha oprimido a los pueblos es aquello, social y moralmente preferible, que deja a discreción de los gobernantes o del Estado la decisión de qué redundará en el bien común: mientras pensaban que hacían buenas obras, violaron lo inviolable y se apropiaron indebidamente del dinero de los demás corrompidos por la ambición de poder, hasta que no se impuso la verdadera justicia.

Cicerón en Las Leyes advierte que la Ley no deriva de su nombre griego, de la idea de “dar a cada uno lo que es lo suyo”, como algunos interpretan, sino que «su nombre latino está vinculado con la idea de “elegir”: pues bajo la palabra Ley ellos colocan un concepto de equidad y nosotros un concepto de elección y ambos son atributos verdaderos de la Ley» [1]. Tanto la sociedad civil como la política, dejadas a la socialdemocracia, no entienden la diferencia entre democracia formal y democracia material [2], lo que les lleva a acusar de antidemocráticas a las leyes que no amparan la justicia social o distributiva de un indeterminado bien común. Se equivocan en el sentido que lo dicen, ya que la justicia no tiene nada que ver con la democracia, y lo que es antidemocrático no tiene por qué ser injusto. Ni siquiera desde un punto de vista evolutivo se puede justificar el concepto de la justicia distributiva, ni encontrar el punto original de una especie de Edad de Oro mítica donde la propiedad estuviera repartida [3]: si no, cobraría sentido la sentencia romana que dice que la justicia consiste en “dar a cada uno lo suyo”, que presupone que antes de haber dado a cada uno lo suyo ha habido un reparto para dar a cada uno lo que tiene. Y a eso no hace referencia nadie porque sería volver a los albores de la historia, y en los orígenes de la humanidad nunca hubo una ley que dijera que hubiese que repartir la propiedad.

Sin duda, la finalidad del mundo de la justicia es garantizar la justicia legal, y no hay más justicia legal que aquella que se deriva de la aplicación estricta de las leyes. Pero la socialdemocracia desconoce al politizar la justicia que, para que la justicia legal llegue a buen término, las leyes interpretadas por los jueces han de subordinar todas las fuerzas políticas, civiles, empresariales, sindicales, tanto si son democráticas o dictatoriales, porque el fin es la justicia legal. Las leyes no pueden ser flexibles, ya que dejarían de ser leyes. A diferencia de las costumbres, que sí pueden admitir variantes, las leyes no, porque tienen que ser aplicadas e interpretadas. Una ley que permita distintas aplicaciones e interpretaciones por los jueces no es una ley. El Derecho se define como sistema porque no admite lagunas y todo tiene que ser aplicado e interpretado como un conjunto en él integrado. La única flexibilidad que permite el Derecho es la analogía, y la interpretación no es válida cuando es científica su aplicación [4].

Asimismo, nadie ha separado las clases de justicia con la exactitud de Aristóteles. Propia de la sociedad civil, la justicia conmutativa es para el macedonio la que rige los intercambios. A saber, no puede ser ejercida por el Estado. Luego, el Estado de partidos imparte una doctrina injusta porque se conoce que no existe en la práctica del Derecho la justicia conmutativa, ni la justicia distributiva, ni la justicia social, sino que solo existe la justicia que se deriva del contenido de la Ley. Justicia no es más que la que dicta la ley y el contenido de la ley es el que inspira el contenido de la justicia, no se pueden separar, y lo que se aplica en los tribunales no puede ser más que la justicia legal.

Entonces, en nombre de la justicia social se justifica la mayor de las injusticias, la violencia y la coacción sistemática aprobada por la mayoría socialdemócrata que ha condenado al paro en España a un tercio de la población activa, siendo responsable de la crisis por la gran mentira y la falta de moralidad en la que se sustenta. La estructura económica depende del régimen de poder que dirige el sistema político y no de las coyunturas sociales y económicas. La crisis no es el resultado del liberalismo, que no rige sino del estatismo o intervencionismo socialdemócrata, y la corrupción económica no sería posible sin una corrupción moral primera. Connatural a la debilidad de la naturaleza humana, la política es el resumen de la moral de una sociedad y, si la política está corrompida, la sociedad lo está también. Luego los gobernantes tienen el pueblo que se merecen, y este sigue el ejemplo de aquellos, porque son los políticos los que con su influencia educan y edifican sus sociedades, «porque los rasgos del carácter son consecuencia de la impronta del conjunto de circunstancias en las que se vive» [5].

Referencias bibliográficas:

[1] M.T. Cicerón, Las Leyes, Alianza Editorial, Madrid 1989, pp. 174 y 175.
[2] C. Villaescusa García (4 de diciembre de 2015), «La imposibilidad de la democracia material y su ruina (II)», DiarioRC.
[3] A. García-Trevijano, Teoría Pura de la República [versión digital], El buey mudo (2010), p. 336.
[4] Radio Libertad Constituyente, passim.
[5] Ibn Jaldún, Introducción a la Historia Universal, Almuzara 2008, III:15, p. 300.

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