Juicio (foto: Frodriq)   Justicia mediata   La progresiva burocratización de la Justicia transformando a sus actores en simples funcionarios dependientes del poder político-administrativo único necesita del sacrificio de los tradicionales y más elementales principios del Derecho Jurisdiccional dirigidos a procurar su independencia y objetividad. A la quiebra del principio de unidad de jurisdicción y a la administrativización de la función instructora y decisoria fruto de las últimas reformas sustantivas y procesales, han de añadirse ahora la quiebra de los principios de inmediación y de atribución competencial al Juez ordinario predeterminado por la ley.   La última “caamañada” es la propuesta elaborada por la “comisión de expertos” nombrada al efecto para acabar con el actual sistema de organización judicial en partidos judiciales de demarcación y planta, sustituyéndola por la creación de los denominados “tribunales de base o de primer grado” en que la figura del Juez natural determinado por atribución competencial objetiva, funcional y territorial será remedada por un órgano colegiado de jueces que se ocuparán de todos los asuntos correspondientes a un determinado grado de competencia preestablecido en el que se permita la sustitución entre ellos para resolver las distintas materias  de  su incumbencia.  El objetivo, según el Ministerio de Justicia es la racionalización del trabajo y el establecimiento de la colegiación en la toma de decisiones como regla general de la actuación judicial.   El proyecto, que según Caamaño “será un referente inexcusable” de inminentes reformas, se carga de un plumazo tanto la figura del juez natural, sustituyéndolo por la que resulte del consenso ideológico del futuro colegio judicial (que no Tribunal) a imagen y semejanza de la proporcionalidad política del Consejo General de Poder Judicial del momento, como la garantía jurisdiccional de la inmediación, consistente en que sea un mismo Juez el que conozca de un determinado proceso desde el inicio al final del asunto que le corresponda por reparto objetivo.   La discrecionalidad administrativa se eleva a la sede judicial, arrasando con la inveterada organización por Demarcación y Planta, modificada a día de hoy en catorce ocasiones y que ha servido para crear 2.557 nuevas unidades judiciales en los últimos veinte años. Otro aspecto “técnico” que pasará sin pena ni gloria en las páginas de la prensa oficial y que añade un nuevo eslabón más a la cadena de inseparación en la centrípeta tendencia de concentración de poderes de esta monarquía de partidos.

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