Pedro Manuel González, autor del libro «La Justicia en el Estado de partidos», en el capítulo nº 141 de «La lucha por el derecho», nos habla de la relación entre la corrupción del lenguaje y la corrupción de la vida judicial.
Política y utopía
El control del poder se efectúa con la separación de poderes, partiendo de la realidad. Si se parte de la supuesta moralidad de los gobernantes para que no haya corrupción, se cae en utopías.
Antonio García-Trevijano Forte, 19 de marzo del 2017.
Fuentes:
Radio Libertad Constituyente: https://go.ivoox.com/rf/17626756
Música: Cantata BWV 650. J.S.Bach
La partidocracia en el 2022
En el capítulo nº 50 «La partidocracia entre líneas» Álvaro Bañón, Fernando de las Heras, Pedro M. González, Gabriel Sánchez Corral y Juanjo Charro hacen un análisis crítico de la prensa española a partir de las siguientes noticias y artículos publicados a lo largo del año que se cierra.
– ¡Qué escándalo! ¡Aquí se traiciona!. elpais.com 24 de febrero de 2022: https://elpais.com/opinion/2022-02-24/que-escandalo-aqui-se-traiciona.html
– El feminismo caminará separado este 8-M por primera vez en la historia. elpais.com 7 de marzo de 2022: https://elpais.com/sociedad/2022-03-07/el-feminismo-caminara-separado-este-8-m-por-primera-vez-en-la-historia.html
– La OCDE vuelve a rebajar el crecimiento de España y avisa de que la creación de empleo será nula. elmundo.es 22 de diciembre de 2022: https://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2022/11/22/637c9470fc6c8352218b45cb.html
– La sanidad pública alcanzó en 2021 su máximo histórico de pacientes en lista de espera. elmundo.es 3 de mayo de 2022: https://www.elmundo.es/ciencia-y-salud/salud/2022/05/03/6270f567e4d4d88f1d8b45b9.html
– La destrucción de la libertad. elpais.com 20 de abril de 2022: https://elpais.com/opinion/2022-04-20/la-destruccion-de-la-libertad.html
– Una ley electoral que diluya la partidocracia. clublibertaddigital.com 14 de octubre de 2022: https://www.clublibertaddigital.com/ideas/tribuna/2022-10-14/pedro-fernandez-barbadillo-una-ley-electoral-que-diluya-la-partitocracia-6943174/
– Kenneth Cukier: “La próxima gran batalla de la era digital será la de la libertad política” elpais.com 10 de diciembre de 2022: https://elpais.com/tecnologia/2022-12-10/kenneth-cukier-la-proxima-gran-batalla-de-la-era-digital-sera-la-de-la-libertad-politica.html
El escenario internacional en el 2022
Hoy publicamos el capítulo nº 42 del programa «Escenario internacional», presentado y conducido por Marcelino Merino, donde Daniel Vázquez Barrón, Thulio M. Moreno y Fulgencio del Hierro hablan del panorama político internacional; de la guerra en Ucrania y de los nuevos equilibrios internacionales a las migraciones masivas en el continente americano.
La ley Montero y un parche que no sirve
Pedro Manuel González, autor del libro «La Justicia en el Estado de partidos», en el capítulo nº 140 de «La lucha por el derecho», analiza la reciente reforma del Código Penal que afecta a la ley Montero.
La Ley de Hierro
La llamada Ley de Hierro del sociólogo italo-alemán Robert Michels no ha podido ser refutada. Toda organización si pretende ser efectiva no puede ser democrática.
Referencias a los sociólogos Otto Stammer, Burnham, ect.
Fuentes:
Radio Libertad Constituyente: https://www.ivoox.com/10273179
Música: Allegro. Concierto para piano nº20 de Mozart.
Actualidad y geopolítica de Irán
Hoy publicamos el capítulo nº 41 del programa «Escenario internacional», presentado y conducido por Marcelino Merino, donde nuestro colaborador Aitor Céspedes Suárez y nuestro invitado Majid Javadi, nos hablan de la situación política, la represión y los diferentes actores que pueden influir en el desarrollo de los acontecimientos en el país persa.
¿Qué es la separación de poderes y cómo alcanzarla? (2 de 2)
Hoy, en el capítulo nº 5 de “Nuestras ideas”, Daniel Vázquez Barrón nos habla por segunda vez de la separación de poderes.
Un golpe permanente
Los partidos políticos de Estado españoles se acusan recíprocamente de golpe de estado utilizando la justicia como arma arrojadiza. Sin embargo, y precisamente por esa naturaleza estatal de la clase política, es el propio Estado el que golpea permanentemente a la nación.
Miente el Gobierno cuando habla de inédito recurso a un tribunal político que también quiere controlar con los suyos, confundiendo, o queriendo confundir, deliberadamente el concepto de separación de poderes políticos (legislativo y ejecutivo) con el de independencia judicial. Ni una ni otra han existido nunca en España. Lo que realmente es inédito es que se pretendan modificar las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional a través de una enmienda a otra reforma legal.
Y miente también la oposición erigiéndose en defensora de los gobernados y de la legalidad cuando, pretendiendo mantener su preponderancia en los órganos a los que afecta la reforma, basa su amparo en el derecho personal del diputado a intervenir con plenitud en un debate sin representar más que al partido que lo insertó en la correspondiente lista.
Si todos los Estados lo son de derecho por tener un corpus jurídico propio que se cumple imperativamente, limitando así la función policial (Von Mohl), España está a un tris de dejar de serlo. Ni se cumplen sus propias normas sobre renovación de órganos pseudoconstitucionales ni se respeta la autoridadde esos mismos órganos por la bancada gobernante. Es lo que tiene carecer de auténtica constitución que separe los poderes del Estado y de la nación en origen y que establezca el principio representativo del gobernado.
La existencia de una Justicia separada en origen tanto orgánica como económicamente del legislativo y del ejecutivo es la única forma de garantizar su independencia, impidiendo la natural tendencia a la concentración de los poderes y facultades del estado. Pero aún más, sin tal separación en origen los juzgados y tribunales no sólo se verán agredidos en el normal desempeño de su labor por la acción directa del parlamento y del Gobierno, sino de la clase política en general a través de los medios de comunicación o actuación de plataformas amparadas o subvencionadas por la misma.
Llegando al extremo, esa separación en origen reduce a la insignificancia las puntuales injerencias demagógicas del electorado que elige a sus legisladores y gobernantes, al constituirse el órgano de gobierno de los jueces por un cuerpo electoral separado conformado por todos los operadores jurídicos. Una república de leyes (John Adams) por oposición al gobierno de la demagogia por encima de éstas.
Sin esa separación de poderes en origen no existe constitución por mucho que formalmente así se nombre a una norma consensuada entre distintas corrientes políticas. Y sin constitución resulta absurdo hablar de Tribunal Constitucional (TC) alguno que defina la legalidad de la norma en última instancia. Tan siquiera puede hablarse de debilidad institucional pues la existencia de institución presupone una atribución estatal de permanencia inviolable para el ejercicio de la función ajena a cambalaches o sinecuras de conveniencia política, no debiendo extrañar el cuestionamiento partidista de la legitimidad del órgano por la permanencia prorrogada de sus miembros ante la falta del anhelado consenso.
Que nadie se engañe: las presiones al TC para influir en el sentido de sus resoluciones existirán siempre por la propia inconsistencia de su ser. Y se ejercerán invariablemente por quien presiona porque sabe de su capacidad de influencia. Es lo que tiene configurar un filtro último de legalidad conformado en su composición por criterios de reparto político. Pretender que se resuelva conforme a derecho, cuando nunca ha sido ésa la intención del constituyente, es de una necedad insondable.
En pura lógica, la legitimidad de las decisiones del TC se hace depender no de la autorictas estatal de una institución del Estado, sino del criterio de idoneidad de quienes hayan de decidir conforme a las instrucciones dadas por quien determinó su elección y atribución de la potestad para resolver. Recusar a sus miembros es absurdo cuando tal repulsión no puede ser sino sobre la propia institución, ontológicamente perversa.
TC y CGPJ: yo sí entiendo lo que sucede
Yo sí entiendo lo que sucede. Los medios y la clase política dice que «la gente no entiende lo que pasa» con esto del órgano de gobierno de los jueces (CGPJ) y el Tribunal Constitucional. Pero yo, y muchos más españoles, sí entendemos.
Y es que otro gallo nos cantaría si el órgano de gobierno de los jueces (CGPJ) fuera elegido por todos los profesionales que tienen que ver con los tribunales de justicia: personal administrativo de esa administración, secretarios judiciales, fiscales, jueces, magistrados, abogados, procuradores, profesores y catedráticos de las facultades de derecho de toda España, registradores de la propiedad, notarios y forenses.
De esta manera, se evitaría el peligro corporativo de eso que proponen algunos: que los jueces sean elegidos por los jueces. También se evitaría que ni el poder ejecutivo ni el poder legislativo intervinieran en ello nombrando por cupos a jueces de su color e influencia. Todo esto, junto a la desaparición del Ministerio de Justicia y la creación de un presupuesto independiente, así como la creación de un cuerpo de Policía Judicial que dependiera exclusivamente de los jueces, y no del Ministerio del Interior, garantizaría la independencia judicial efectiva.
En cuanto al Tribunal Constitucional, sólo cabe decir que no debería existir, que la constitucionalidad o no de las leyes debería ser competencia de una sala especial del propio Tribunal Supremo creada a tal efecto. El Tribunal Constitucional español no es un tribunal jurisdiccional, sus miembros no necesariamente son magistrados. Se trata de un tribunal político.
Por eso decimos que en España no hay democracia, porque no hay independencia judicial ni separación en origen de los dos poderes del Estado (legislativo y ejecutivo). En España hay división de funciones de un solo poder, el de las oligarquías de partidos estatales que, bien en el Gobierno bien en la oposición, luchan para controlar por cuotas a los miembros de los tribunales que les han de juzgar, al Consejo General del Poder Judicial y al Tribunal Constitucional.
El problema es la Constitución de 1978, porque ésta lo permite, porque ella consagra en su articulado la dependencia de la Justicia respecto del Gobierno y de los legisladores. Para colmo, los ciudadanos no pueden elegir por separado a quien les ha de gobernar y a quien les ha de representar en la asamblea legislativa. Y, por si esto fuera poco, los diputados de listas de partido votan por mandato imperativo de sus jefes, olvidándose de los intereses de sus supuestos representados y del supuesto distrito al cual deberían representar.




