Faisán común (foto: chausino) Soltar el faisán El recurso y criterio de inimputabilidad de la defensa del Magistrado del Juzgado de Central de Instrucción nº 5, D. Baltasar Garzón Real, contra la admisión a trámite de las dos querellas interpuestas en su contra, han sido apoyados sin vacilación por la Fiscalía oponiéndose al criterio del instructor de la causa y de las acusaciones particulares. Así el fiscal no sólo da soporte a la razonabilidad de su actuación en la particular forma de investigar el franquismo abierta por el juez estrella, sino que también sostiene la ausencia de indicio alguno de actuación ilícita en la solicitud por escrito de la suma de 302.000 € a D. Emilio Botín, a la sazón presidente del banco más importante de España, contra cuyos responsables el propio Juez Garzón tramitó diligencias finalizadas en archivo a raíz de la querella planteada por supuestas cesiones de crédito ilegales.   Cabe cuestionarse razonablemente si tan uniforme criterio de irresponsabilidad penal ad personam obedece realmente a cuestiones de orden jurídico, o si por contra la actitud del Ministerio Público, protectora a capa y espada del ilustre encausado, obedece a intereses más profundos. La respuesta es sencilla desde el análisis institucional de la inseparación de poderes que caracteriza el ordenamiento constitucional y definitorio del mal llamado Poder Judicial articulado desde el año 1978, y que tras varias reformas centrípetas para la concentración de poderes han conseguido articular una Fiscalía identificable con la función propia de la Abogacía del Estado.   Para entender la postura de un Ministerio Público dirigido jerárquicamente por un Fiscal General del Estado nombrado por el Ejecutivo por simple mérito de docilidad, no hay que perder de vista los aprietos gubernamentales en relación con el supuesto chivatazo de mandos de la cúpula de Interior a terroristas de ETA para evitar su captura durante el tiempo de negociaciones con la banda terrorista. He aquí que precisamente, el Juez encargado de la investigación  de dicho asunto no es otro que el perejil de todas las salsas, el ahora incurso doblemente en causa penal Juez Garzón.   Garzón y el ejecutivo saben que hacerse daño recíprocamente puede tener consecuencias funestas para cada uno de ellos. Si el Magistrado instructor, hasta ahora hábil contemporizador de la causa y que hace reposar en el cajón de su Juzgado los autos resulta suspendido, deberá “soltar el faisán” entregándolo a su compañero el Magistrado Grande Marlaska, cuya actitud decidida a la investigación profunda de la materia es públicamente conocida.   En el Estado de poderes inseparados, las razones de Justicia son secundarias, basta preguntarse por quien resulta beneficiado explicándose cada actuación procesal por el principio del “qui prodest?”.

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