Fotomontaje (Carpe Lope) La sentencia dictada por el Tribunal Constitucional enmendándole la plana al Supremo y apreciando la prescripción delictual en la estafa cometida por D. Alberto Alcocer y D. Alberto Cortina no puede sostenerse jurídica ni lógicamente. La evidencia ha hablado, y ha gritado bien alto que en España no hay separación de poderes. La naturaleza de Tribunal Político del Tribunal Constitucional, tantas veces denunciada desde estas páginas, ha hecho prueba plena con un asunto de esta escandalosa magnitud. La excusa de la construcción jurídica de un Tribunal Constitucional como supuesto filtro del respeto a los derechos constitucionales dotados de amparo, sin competencia revisoria en cuanto al fondo de los asuntos, queda al descubierto cuando el equilibrio institucional del consenso partitocrático se encuentra amenazado. No podía ser de otra forma, ha podido el miedo de la clase política a la reacción de los Albertos ante su inminente ingreso en prisión y se han cursado las instrucciones oportunas a los respectivos delegados en el Tribunal Constitucional. Las relaciones de esta flora partitocrática con lo más granado del engranaje institucional son conocidas y han sido publicadas sin encontrar protesta ni contestación. Léase “El Negocio de la Libertad”, de Jesús Cacho o el Semanal Digital de 31/03/07, donde se describe el compadreo de los aún reos de estafa con las cúpulas de los partidos, la judicatura, e incluso con la propia Corona, en un continuo intercambio de favores.   Sepa el profano que sólo aproximadamente el 5% de los recursos de amparo se admiten a trámite, y casi la mitad de éstos son finalmente estimados. La razón es simple, el teórico examen escrupuloso y restrictivo sobre cuestión netamente constitucional impide aceptar la admisión del resto.   Sin embargo, la Razón de Estado se acomoda en el veredicto de los jueces elegidos por la clase política, y nos sorprenden esta vez con el insondable concepto de “Tutela Judicial Reforzada” para justificar la injusticia consumada. Mientras, el resto de los mortales  nos debemos conformar con la “Tutela Judicial Efectiva”, o lo que queda de ella. Lo dicho, la consolidación de un nuevo principio general del Derecho: “in dubio pro Creso”.

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