Tras el acuerdo alcanzado entre gobierno y oposición para la renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, las élites partidistas anuncian ahora su firme determinación de renovar los miembros del Tribunal Constitucional antes del próximo mes de diciembre. El consenso a toda costa, convertido una vez más en auténtica Razón de Estado, prevalece de nuevo sobre los más elementales principios de orden jurídico. La pendencia ante el “Alto Tribunal” de resolución sobre asuntos tan importantes como la constitucionalidad del estatuto catalán, puede llevarnos a la esperpéntica situación de que se dicte una Sentencia al respecto que no sea firmada por sus redactores sino por sus consensuados sustitutos. El principio de inmediación judicial exige que el Juez o Magistrado que examina los presupuestos fácticos y jurídicos a juzgar sea el mismo que dicte la correspondiente Sentencia.  Independientemente del atentado contra la separación de poderes que supone la elección de jueces por la clase política, la prioridad del consenso pseudoinstitucional prevaleciendo sobre criterios jurídicos objetivos se manifiesta inequívocamente en los tiempos judiciales que determinan la elección de sus miembros. Aunque la Sentencia se dictara antes de la renovación del TC según el juicio de intenciones de su Presidenta, Dña. María Emilia Casas, que ha declarado que para ello “se trabajará a pleno pulmón”, la verdad incuestionable es que los tiempos políticos ordenan los tiempos procesales, transformando el teatro de la “Justicia Constitucional” en pura pantomima. La lógica interna de tal realidad que no es sino corrupción en este Estado de Poderes Inseparados, ha hecho que la necesidad política de solucionar la “patata caliente” del Estatuto catalán, venga acompañada de la vergonzosa renovación del Consejo General del Poder Judicial precisamente en este momento, que junto con el prometido nuevo pacto sobre la Justicia, constituyen la tríada ejemplificadora de que en España no existe división entre los poderes estatales. El Tiempo no sólo es factor elemental para ofrecer soluciones en Justicia, sino que observar su desarrollo procesal coincidentemente con razones que le sean ajenas, es un útil instrumento para detectar la ausencia de separación de poderes.   Tribunal Constitucional (foto: Trasgu1987)

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