La fuente de la Gracia (Jan Van Eyck, 1440-1450).

Siendo gravísima la excepcionalidad del indulto como atentado al principio de monopolio jurisdiccional de hacer cumplir lo juzgado, la miopía del Estado de partidos centra su atención en el detalle en lugar de acudir a la raíz del problema.

Así ocurrió con los sediciosos catalanes y así sucede ahora con el caso de Juana Rivas. Esa cuestión nuclear es la propia existencia del Ministerio de Justicia, que no por casualidad se llamó también de Gracia. Lo verdaderamente escandaloso es que la organización institucional de la Justicia, la provisión de sus plazas y cargos, y, lo que es más importante, su presupuesto, se encuentren en manos del comisario político que elija el partido gobernante de turno.

No puede existir independencia judicial sin autonomía administrativa y económica de la Justicia. Tal axioma básico y fácilmente comprensible nos lleva a afirmar sin ningún género de dudas que en este Estado de poderes inseparados la Administración de Justicia es desde luego administración, pero nunca será Justicia.

La dependencia de la jurisdicción resulta agravada por la organización territorial del Estado de las autonomías, que la multiplica exponencialmente. Y es que, lejos de aportar cercanía en el ejercicio de la función judicial, ata la Justicia al poder político con un segundo lazo de dependencia, esta vez al ejecutivo autonómico convertido en segundo filtro de prebendas y sinecuras.

La solución sólo puede ser radical, no valen reformas que siempre serán en sentido contrario. Así lo demuestra  la elección de los vocales del CGPJ por parte del Parlamento tras la reforma de 1985, que supuso un reparto de cuotas de poder inadmisible y contrario a la independencia judicial, agravando una situación ya viciada de origen. La eliminación del Ministerio de Justicia y trasvase de sus competencias a un órgano de gobierno de la jurisdicción elegido por y entre todos los operadores jurídicos como cuerpo electoral propio y separado. García-Trevijano pone nombre a esa institución en su magistral Teoría Pura de la República Constitucional: Consejo de Justicia.

Ya lo dijo Pedro Díaz de Toledo en el siglo XV: si la justicia es eliminada o neutralizada, «no son otra cosa los reinos, sino grandes compañías de ladrones».

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