La concordia fue el argumento empleado por Sánchez para conceder el indulto a los condenados por la sedición catalana y vuelve a serlo para justificar ahora la amnistía como parte de su acuerdo para gobernar. Concretamente en la Fiesta de la Rosa celebrada en Gavá, decía «apostar por la concordia y el diálogo» para «pasar página», a la vez que sostenía sin rubor que buscará votos «hasta debajo de las piedras» para renovar mandato.

En su momento y desde estas mismas páginas, al tratar de aquellos indultos, ya hice mención a la importancia de las palabras, y concretamente del profundo significado de lo que la concordia significa. Repetir el mensaje cuando se repita la situación, ahora aún más grave, es obligatorio. A ver si así cala.

Y es que, como expresara García-Trevijano de manera mucho más profunda que Ortega al tratar esta cuestión, la concordia es el banderín de enganche para el reparto del botín del Estado. En Francia, tras la muerte de Robespierre a manos de quienes temían ser víctimas de éste, se inauguró la plaza de la Concordia, antes de la Revolución, como símbolo de la paz del cementerio, en la que antiguos enemigos se abrazaban unidos por el miedo a Robespierre. En la España del consenso de los partidos, los partidos también se abrazan para el reparto del Estado.

La propia etimología de la palabra concordia expresa un concepto religioso, un pulso del corazón latiendo al unísono, que tiene una traducción política: la oligarquía, en este caso de los partidos estatales, aunque sean separatistas.

Si como Bacon dijo, el indulto premia una conducta delictiva e invita a cometerla a futuro a otros, incentivando el ilícito, la amnistía ahonda en sus efectos dado su carácter general. Amnistía viene de amnesia. Olvido de la cabeza y latido como un solo corazón. Y tanto uno como la otra son peores que el delito. ¿Cómo no van a repetirse las conductas, si cuentan con la perspectiva de que saldrá gratis?

Eso sin contar con la desautorización de la ya de por sí sumisa Justicia, dejando sin efecto sus resoluciones. Porque eso significan el indulto y amnistía. Medidas excepcionantes del monopolio de la función jurisdiccional de juzgar y hacer cumplir lo juzgado. Mientras la amnistía perdona el delito como ley, el indulto condona la pena como acto administrativo. Pero claro, en España, sin separación de poderes ni representación, todo es decisión administrativa derivada del jefe del partido gobernante.

Y es que la gracia, ya sea como puro acto administrativo o como reflejo de la voluntad de los partidos del consenso, solo la puede dar quien tiene el poder para otorgarla por su posición de superioridad. Por eso su reconocimiento constitucional, explícito en el caso del indulto y constitucionario a través del TC de la amnistía, supone asumir la preponderancia de la voluntad de los partidos sobre el mal llamado poder judicial, y el sometimiento de éste como instancia instrumental de la política.

Sin representantes verdaderos sujetos al mandato imperativo de sus electores, cualquier ley de amnistía, además de no tener encaje constitucional, tan solo sería otra farsa.

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