Pedro M. González

PEDRO M. GONZALEZ.

Muerto el perro se acabó la rabia. Así debieron pensar los prebostes políticos de la Justicia al decidir acabar con el atasco judicial masificado que pudre las causas en los órganos jurisdiccionales españoles. Para ello no se les ocurre otra cosa que vedar el acceso judicial dejando el derecho a la tutela judicial efectiva en algo virtual. Es como si para fomentar el ahorro energético, en otra vuelta de tuerca más, se prohibiera directamente coger el coche los fines de semana, o para que, como siempre cuidando de nuestra salud, para que no fumáramos se ordenase la amputación de los dedos anular e índice de cada mano.

El Real Decreto Ley de Tasas de Gallardón es el último eslabón de la cadena que secuestra el derecho de acceso a la Justicia. El Ministerio de nuevo ordenando y marcando el ritmo de la vida judicial. Recordemos como ya desde el 4 de Noviembre de 2.009 y por gracia de la Ley Orgánica Complementaria a la de Reforma de la Oficina Judicial, resultaba obligatorio la constitución de depósito para recurrir las resoluciones judiciales. Si éste no se verifica en tiempo y forma, no se admitirá a trámite el recurso teniéndose por no interpuesto a todos los efectos. Ahora Gallardón termina el trabajo que empezó Caamaño.

Parece poco creíble que alguien que pretenda dilatar un procedimiento por los intereses en juego vaya a ser disuadido con la cuantía de los depósitos establecidos, mientras que entorpece el ejercicio efectivo del derecho a la defensa del justiciable que actúa con buena fe procesal, ya que al margen de un mínimo variable sobre la cuantía del procedimiento (0,5% hasta el millón de euros) resulta de aplicación uniforme independientemente de la cuantía litigiosa y sitúa en desventaja al litigante contra la administración. Ello sin contar con la más que habitual falibilidad de las resoluciones judiciales de instancia, que son luego enmendadas, y aún de la posibilidad de acudir a la condena en costas por temeridad al recurrente temerario sin constituir depósito alguno según la legislación procesal hasta ahora vigente.

No quepa duda de que la mera institución de este peaje judicial la pagará todo justiciable. Abogados y Procuradores elevarán sustancialmente la provisión de fondos inicial que soliciten a sus clientes para poder cumplir con la exigencia legal dentro de plazo sin adelantar dinero de su bolsillo.

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