La adquisición de una propiedad inmobiliaria acaba siendo una ruina, por que la coerción del Estado –mediante sus mecanismos de opresión, miedo y fuerza- alcanza un límite insufrible por el comprador.
Pensar en ahorrar para la vejez, (jubilarse es otro concepto hoy impracticable, porque pocos llegan al júbilo), es inaccesible por la rapiña del Estado.
El asunto es como sigue. Se hipoteca una propiedad para adquirir un apartamento y tras abonar las tasas y gabelas más el interés bancario, se entrega el dinero (menos de lo solicitado) al vendedor y se vuelven a pagar nuevos impuestos y cargas; bueno, al menos ya tenemos el uso y disfrute del apartamento.
Ahora viene lo peor. El Estado crea un modelo 720, de declaración de bienes en el extranjero; el apartamento está en Portugal. Bruselas dice, que no existe obligación de declarar –y menos de sancionar con multa- las compras en otros estados de la Unión y declara ilegal tal exigencia. Sin embargo el Gobierno no corrige y sanciona mediante incautación, cualquier descuido o incumplimiento de lo ilegalizado por el TSJUE.
Si no se acude a lo exigido por el Gobierno, la Agencia Tributaria envía notificación de liquidación, para declarar lo que no hay obligación. Ante la indefensión, se acude a la oficina pública y se explica el proceso de compra, como ahorro al acabar los ingresos por salario.
La propiedad tiene una renta presunta, aunque no se alquile, ni se revalorice el inmueble. Cuánto, lo que diga la Agencia Tributaria, aunque sea falso por imposible. Bien, ¿y los gastos bancarios por el préstamo hipotecario? No se contemplan en la declaración. ¿Y los gastos propios del apartamento? NO son deducibles. ¿Y los impuestos de Portugal? No son aplicables.
Entonces, si se me cobra durante la vida del inmueble, ¿es un IVA? NO, no es un IVA. Y cuando vaya a venderlo por necesidad o por mejora de la pensión pública, ¿puedo desgravarme de las cantidades abonadas todos esos años? No, no podrá.
Y si ha bajado el precio inicial y es mucho más bajo que el de hace doce años, ¿corrige la Agencia Tributaria la base de cálculo y baja la renta presunta?; de oficio, NO. Entonces, ¡esto es un ROBO!; sonrisas del funcionario.
Tras comprobar la violencia del Estado, mediante la Agencia Tributaria, los TEAR, la justicia, la policía y el BOE, no queda más remedio que allanarse y tolerar lo injusto. Quién dijo que España era un Estado de Derecho… Ahora sufrimos la violencia del Estado, que penaliza el ahorro y esquilma las rentas para compensar, la grave reducción de pensiones que se prevé.

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