En un movimiento que más que jurídico parece puramente político, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado —por unanimidad, dicen— que la pasada huelga de jueces «no tiene sustento legal». Lo ha hecho con la solemnidad con la que acostumbran los órganos burocráticos cuando pretenden dar apariencia de legalidad a una decisión que en realidad nace de la obediencia política, no del Derecho.
Conviene recordar, porque parece que el tiempo lo borra y la prensa lo bendice, que no existe en nuestro ordenamiento jurídico ni una sola norma que prohíba el derecho a la huelga de los jueces. El artículo 28.2 de la Constitución reconoce expresamente este derecho a todos los trabajadores, sin excepción explícita alguna. Y si bien la Ley Orgánica de Libertad Sindical excluye a los jueces del derecho a sindicarse, no hace lo propio con la huelga. Lo que la ley no prohíbe expresamente está permitido, salvo que haya fraude de ley. Y aquí no hay ni una cosa ni la otra.
Lo verdaderamente escandaloso no es ya que el CGPJ actúe como vocero del Gobierno —pese a ser un órgano que debería velar por la independencia del poder judicial—, sino que se atreva a reescribir el ordenamiento a conveniencia del ejecutivo de turno. Pretenden convencernos de que los jueces, como supuestos titulares de un «poder del Estado», están moral y legalmente impedidos para ejercer derechos laborales. Una falacia jurídica y política.
El judicial no es un «poder» en el sentido político de la expresión. No crea ni ejecuta normas, ni ha de adoptar decisiones políticas y su legitimidad no emana del sufragio, sino de la ley. Es una función estatal que, como tal, debe ejercerse con independencia, sí, pero también con garantías. Precisamente porque la independencia judicial no es una cualidad mística de sus titulares, sino un diseño institucional que debe garantizarse también en lo material, en lo profesional y en lo organizativo.
Y ahí está el quid de la cuestión: si el Gobierno recorta medios, bloquea nombramientos o presiona mediante el presupuesto o la carrera profesional, ¿cómo puede defenderse la independencia sin mecanismos de presión colectiva? La huelga, en este contexto, no es un privilegio, sino un instrumento de legítima defensa institucional.
Pero el CGPJ, nombrado por cuotas políticas, no puede permitirse cuestionar la autoridad de quienes lo sostienen artificialmente en pie. En lugar de defender la independencia judicial, la sacrifican en el altar de la obediencia partidista. Y para ello fabrican, con ropaje jurídico, una resolución que ni se apoya en norma alguna ni pasa el más elemental análisis de legalidad.
Una vez más, no estamos ante un debate jurídico, sino ante un acto político vestido de toga. Y mientras tanto, la independencia judicial, la auténtica, sigue siendo un mito por construir.





