El procedimiento de investidura recogido en la supuesta Constitución del 78, no había presentado problemas serios hasta que la correlación de fuerzas del arco parlamentario se vio alterada. Por consiguiente, el bipartidismo imperfecto, reinante hasta el momento, se volvió más imperfecto debido al trasvase de votos de los dos principales partidos a otros como Podemos, Ciudadanos y VOX. En esta tesitura sería posible optar por dos caminos. El primero sería el de potenciar la “cultura de la negociación” parlamentaria, algo no necesariamente bueno, porque no deja de ser una negociación entre élites que estará dirigida desde las cúpulas de cada partido. En cualquier caso, los partidos no han sabido moverse en estos términos, puesto que están muy poco acostumbrados a compartir el poder (incluso entre ellos). La segunda posibilidad, sería celebrar elecciones a presidente del Gobierno, de modo que éste fuera elegido directamente por la ciudadanía en unos comicios diferentes de los legislativos.
Ahora bien, mientras que en las negociaciones no dejan de aparecer numerosas dificultades, la opción de las elecciones presidenciales ni siquiera fue mencionada. En consecuencia, los que generalmente aspiran a la presidencia del Gobierno se han puesto a buscar otras fórmulas que no les compliquen la elección. En realidad, es algo comprensible desde la óptica del sistema, aunque es criticable que dichas fórmulas vayan destinadas exclusivamente a facilitar investiduras, siendo éstas de carácter cortoplacista, previsibles y difíciles de justificar. No es un hecho sorprendente a estas alturas, pero sí conviene analizar las tres propuestas que se han planteado y que pretenden modificar la necesidad de que el jefe de partido obtenga una mayoría absoluta, en una primera votación, o mayoría simple 48 horas después.
La primera de estas propuestas podría considerarse como una especie de sistema de “doble vuelta”. En este sentido, se plantea que se presenten varios jefes a la investidura y que los dos más votados pasen a una segunda fase. De esta manera, quien consiguiera más apoyos en esta segunda votación sería proclamado presidente del Gobierno. La llamada “doble vuelta” no es algo que suene extraño. Sin embargo, en los países donde este sistema se emplea, como por ejemplo en Francia, es la ciudadanía la que tiene la posibilidad de participar. Por el contrario, aquí serían los diputados quienes votarían de esta manera, y cuando se dice diputados realmente se quiere decir cúpulas o jefes de partidos. Sí, este sistema evitaría bloqueos, aunque en una partitocracia como la nuestra, en la que los diputados no votan libremente, alejaría todavía más a los partidos de la ciudadanía.
La segunda de las fórmulas abogaría por trasladar el sistema de los ayuntamientos al Congreso. Es decir, sencillamente gobernaría la lista más votada, si ningún candidato hubiera conseguido la mayoría absoluta. Es razonable que en los ayuntamientos no se produzcan bloqueos, dado que sería complicado que, llegado el momento, algunos de ellos tuvieran que repetir sus elecciones. No obstante, el Gobierno del Estado no puede regirse por los mismos parámetros, puesto que evidentemente su importancia es mayor. Por otra parte, y dada la actual fragmentación parlamentaria, podríamos encontrarnos con ejecutivos apoyados por 80 diputados, algo que como sabemos no ha funcionado bien. Un problema que, si existiera una auténtica separación entre ejecutivo y legislativo, tendría una importancia bastante menor.
La última de las propuestas es quizá la más descabellada de todas y consiste en aplicar el conocido como “bonus griego”. Esto significa que el partido ganador de las elecciones legislativas recibiría como prima 50 diputados adicionales. La actual Constitución, en su artículo 68, prevé que el número de diputados oscile entre 300 y 400 (actualmente son 350), pero deben plantearse la siguientes cuestiones: ¿cómo explicar en términos de supuesta representación esos 50 diputados?, ¿a quién supuestamente representarían?, ¿de qué circunscripción han salido? Son preguntas cuya argumentación jurídico-política entraña notables dificultades. De hecho, en la práctica serían 50 diputados de carácter instrumental al servicio del partido de turno para conseguir que éste logre el ansiado Gobierno. Además, ¿cómo serían designados?, ¿qué criterios seguiría el partido? Demasiados interrogantes por responder.
Las propuestas examinadas requerirían una reforma constitucional del artículo 99, aunque quizá la de la prima de 50 diputados, gracias a lo previsto en el artículo 68 de la Constitución, podría llegar a aplicarse reformando solamente la LOREG. Con todo, reformar la Constitución o la LOREG no debería echar a nadie para atrás, sino la intencionalidad de las propuestas que no es otra que facilitar descaradamente el asalto a la bancada azul. Una bancada que está sin pudor alguno al lado de los sillones rojos de los legisladores. Una ignominia que no preocupa a la clase política y, por lo tanto, muy difícilmente será objeto de debate como lo está siendo facilitar la investidura. Pese a ello, toda esta problemática pone de manifiesto una grieta del régimen y lo que le cuesta anticiparse a situaciones cambiantes. Por lo tanto, el idílico régimen muestra síntomas de agotamiento que probablemente sean parcheados con alguna de estas reformas.

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