“A las 13 horas del 10 de agosto de 1792 el Presidente de la Comuna insurreccional, Huguein, dictó las condiciones de rendición a la Asamblea Legislativa, que esta acepta: suspensión del rey y convocatoria de una Convención.” (Antonio Gª-Trevijano, Tª Pura de la República, pp. 85).

Vergniaud leyó el decreto de suspensión de la Monarquía de la Asamblea el mismo día 10:

“-. Se invita al pueblo francés a formar una Convención Nacional.
-. El jefe del ejecutivo queda provisionalmente en suspenso de sus funciones, y hoy mismo se decretará el nombramiento de un director del príncipe real.
-. El rey y su familia permanecerán en la Asamblea (…) hasta que el departamento prepare el Palacio de Luxemburgo para que residan allí (…)” (A. Lamartine, Hª de los Girondinos, Libro XXIII )

La comuna insurreccional no aceptó ni el nombramiento de un director del príncipe real, ni que la familia real residiera en el Palacio de Luxemburgo. Tampoco aceptó la propuesta de que viviera en el Ministerio de Justicia (en la plaza de la Vendôme). Se le trasladó al Temple, a las afueras de París. Luis XVI no era ya más que un preso de la Revolución.

Presentado por Adrián Perales Pina
Edita: César Bobadilla
Locuciones: David Cabrera
Dirección técnica: Carlos Ferrándiz
Coordinación de producción: César Bobadilla

Música: Brandenburg Concerto No. 3 – Allegro Moderato – Johann Sebastian Bach.

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