En el artículo publicado el pasado día 17 de noviembre se señalaba que Francia debería considerar la invocación del artículo 5 del Tratado de Washington, habida cuenta del precedente que supuso el ataque del 11-S, a lo que hay que añadir la capacidad de la OTAN, que cuenta con cuarteles generales de tierra, mar y aire permanentes.

También, incidíamos en la falta de propiedad a la hora de clasificar el ataque terrorista como un acto de guerra.

Sin embargo, apenas un día después, Francia aplica una lógica diferente invocando el artículo 42.7 del Tratado de la Unión Europea[1], que nunca antes había sido invocado, de acuerdo con el artículo 51 de la Carta de la ONU[2]. Esta respuesta ignora por el momento a la OTAN, según el titular de un artículo publicado por el diario británico The Daily Telegraph ayer mismo, y del que se ha hecho eco el Cuartel General Supremo Aliado en Europa de la OTAN, ubicado en  Bruselas[3].

Con esta lógica, Francia insiste en la consideración de los ataques como un acto de guerra, en lugar de contemplarlos como lo que son, un acto terrorista, en cuyo caso tendría que haber apelado al artículo 222 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea[4] (TFUE), que estipula de forma explícita la defensa solidaria en casos de terrorismo.

La diferencia es clara. Mientras que el art. 222 se refiere a la ayuda dentro del territorio del país que ha sufrido la agresión, en el caso de “artículo invocado”, la proyección de la acción solidaria hacia el exterior está implícita. Es decir, se está pidiendo asistencia a la Unión Europea para responder a una agresión armada, donde sea preciso.

Esta respuesta, inesperada incluso en el seno de la OTAN, abre un mar de dudas al no tener precedente, al tiempo que presenta algunos interrogantes.

En primer lugar, la maquinaria de la OTAN está sumamente más engrasada que la Unión Europea, cuya política de seguridad y defensa hasta el momento se ha mantenido en un perfil bajo, con pocas excepciones como la Operación ATALANTA en el Cuerno de África, o la reciente Operación EUNAVFOR MED en el Mediterráneo Central, por citar dos operaciones navales conocidas, que no son de combate.

Y, en segundo lugar, ¿qué unidades se van a asignar? Los países europeos están poniendo unidades a disposición de la OTAN de forma casi permanente, de acuerdo con un proceso de generación de fuerzas establecido. Estas unidades se vienen utilizando en misiones que los europeos del sur vemos con lejanía, p. ej. la Operación AMBAR de policía aérea del Ejército del Aire español en la repúblicas bálticas, mientras que la auténtica amenaza que percibimos desde los países mediterráneos es precisamente la que se ha materializado en Francia. Los recursos que los países europeos ponen a disposición de la OTAN deberían dedicarse más a las amenazas actuales y menos a misiones más propias de la Guerra Fría.

Al no invocar el Artículo 5 del Tratado de Washington Francia se equivoca y fuerza la máquina de los demás países europeos en la cuestión de decidir la asignación de unidades, o sea recursos valiosos, además de iniciar un procedimiento que hasta ahora jamás se ha puesto en práctica. Además, seguimos dejando a la OTAN al albur de los intereses, quizás desfasados, de la potencia hegemónica, los Estados Unidos, con su orientación contra Rusia, mientras que la amenaza real que se cierne sobre nosotros, incluyendo a Francia, no se considera debidamente.

Resulta paradójico que Francia y Rusia vayan a colaborar en misiones de ataque en Siria, dejando a la OTAN al margen, por el momento.

 

[1] El artículo 42.7 del TUE se refiere a una agresión armada en el territorio de un país de la Unión Europea.

[2] El artículo 51 de la Carta de la ONU trata del derecho inmanente a la legítima defensa, individual o colectiva. La guerra esta proscrita según la Carta de Naciones Unidas, y el uso de la fuerza ha de ajustar al art. 51 o a las misiones de imposición de la paz del Capítulo VII de la Carta, que se aprueban mediante resoluciones del Consejo de Seguridad.

[3] En http://nato.trendolizer.com/2015/11/nato-shunned-as-france-calls-on-eu-to-destroy-islamic-state.html.

[4] El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea es uno de los cuatro documentos que configuran la constitución material de la Unión Europea, junto con el Tratado de la Unión Europea (TUE), el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Tratado Euratom) y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDF). Fuente: Wikipedia.

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