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PEDRO M. GONZÁLEZ

Solo en el conocimiento del secreto a voces de que en España la justicia depende del poder político, se puede entender la acogida legal del salto de la judicatura a la política con billete de vuelta. Las más elementales normas de higiene institucional exigen que el miembro de la jurisdicción que luego ostente cualquier cargo político, o siquiera se postule al mismo, no pueda reincorporarse a su puesto en un plazo razonablemente prudencial, el cual García-Trevijano en su Teoría Pura de la República fecha en cinco años, y en todo caso, nunca en su misma plaza o puesto que dejara vacante en su día.

De esta forma se evitarían conductas tan extravagantes como aventureras que desprestigian a la corporación judicial en pleno demostrando la dependencia clientelar de quien se supone absolutamente libre, responsable, inamovible y únicamente sometido a la Ley para el ejercicio de la función jurisdiccional. Los Garzón, Pérez Mariño y demás exploradores sopesarían dar el paso al equiparar la trascendencia pública de su decisión con la personal con respecto a su propia situación en el escalafón. La correlativa eliminación del “cuarto turno” evitaría el trasvase contrario, impidiendo que la judicatura se nutra de magistrados dóciles que entran por la puerta de atrás de su particular posición política o sindical, con reflejo en las asociaciones judiciales presentes en los tribunales de selección.

El último esperpento que trascendió fue en noviembre de 2010, cuando el Boletín Oficial del Estado publicó dos acuerdos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que recogían tanto el reingreso en la carrera judicial de la exvicepresidenta primera del Gobierno, Dña. María Teresa Fernández de la Vega, como su pase a la situación de servicios especiales en el Consejo de Estado, con una retribución vitalicia de sesenta mil euros anuales. La Comisión Permanente del CGPJ acordaba así su vuelta al servicio activo como Magistrada, condición que adquirió por el cuarto turno destinado a “juristas de reconocida competencia” en el año 1989, y su adscripción a disposición del Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El segundo de los acuerdos de la Comisión Permanente concedía la situación administrativa de servicios especiales en la carrera judicial a Fernández De la Vega, mientras fuera consejera permanente del Consejo de Estado, cargo del que tomó posesión el mismo mes de su reincorporación a la judicatura: todo un ejemplo de ida y vuelta con billetes falsos.

 

 

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