Las cosas y las ideas interminables no pueden ser definidas. Por eso andamos a tientas en la comprensión del universo físico y de los nombres universales. A través de su ínfima parte humana, la Naturaleza se comprende a sí misma como universo sin fin. Y el lenguaje de la inteligencia abstracta también abarca lo concreto con nombres universales infinitos. Un fenómeno local y temporal, un caso político particular ocurrido en España entre dos fechas precisas, ha sido bautizado, protocolizado e inscrito en el gran registro de la historia como un universal: la Transición.

Sin querer definirse, pues su determinación sería una negación de lo que dice ser pero no ha sido, la Transición ha devenido un signo de algo admirable, milagroso, que no se puede entender ni comprender. Sin embargo, entre los tipos de definición hay uno, referente a los procesos históricos, especialmente idóneo para la aclaración de signos. El signo de la Transición es universal, pero lo designado constituye un proceso real, de-terminado y de-finible. Su término inicial, la fundación en julio del 74 de la Junta Democrática, consistió en la determinación de una voluntad ciudadana para firmar la libertad política y negar la dictadura. Y ahora necesitamos ver cuál ha sido su término final, para poder definir lo que la Transición ha terminado por afirmar y negar en definitiva. Ésa será su esencia política.

Los historiadores no se ponen de acuerdo sobre el término final («ad quem») de la Transición. Incluso algunos llegan a dudar de que haya terminado. Pero si la miramos como paso a las libertades desde la dictadura, incluidas las autonómicas, sólo existen dos criterios para decidir si el proceso ha terminado y cuándo: el institucional y el real. Según el primero, la Transición terminó, con el Referéndum constitucional, el 6 de diciembre de 1978. Pues lo sucedido desde entonces en materia de libertades, tanto en el Estado como en la Sociedad, ha sido un mero desarrollo orgánico o mecánico de lo previsto en la Constitución.

El criterio real señala otros términos. Sea el fracaso del golpe de Estado de 23 de febrero del 81, sea la subida del Partido socialista al Gobierno de la Monarquía, sea el retorno al poder gubernamental de los partidarios de Fraga, o bien el día en que el Príncipe Felipe sea Rey. El realismo de esas opiniones se basa en la confusión entre dos cuestiones de distinta naturaleza; el período constituyente de la Transición y la consistencia del Régimen constituido por ella. Desde el punto de vista formal o institucional, como desde una perspectiva real o material, el proceso de Transición de la Dictadura a las libertades terminó con la aprobación de la Constitución Monárquica del Estado de partidos. El proceso duró cuatro años, cuatro meses y once días. Para comprender la naturaleza y dirección del impulso que animó ese período, hay que observarlo en sus dos fases contradictorias. La fase dialéctica, desarrollada desde la creación de la Junta hasta el Referéndum de la Reforma, dio a la Sociedad civil la iniciativa y la dirección del cambio, bajo la estrategia de la ruptura democrática. La oposición protagonizó la teoría y la acción liberadora frente al Estado dictatorial, durante 29 meses. La fase consensual, la que está comprendida entre los dos Referéndum, devolvió al Estado la iniciativa y la dirección del cambio, con la táctica de la Reforma institucional, y suprimió la oposición en el seno de la Sociedad. Pero la Transición, un nombre absoluto que nada connota, necesita ser definida además por sus notas características, para saber si al final prevaleció el sentido liberador de la fase dialéctica, el claro significado conservador de la fase consensual o, tal vez, una mediación entre ambos. O sea, para conocer lo que ha negado y lo que ha afirmado de la libertad política.

*Publicado en el diario La Razón el lunes 19 de marzo de 2001.

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