Para la ciencia política, la condición de ciudadano no se predica del mero hecho de ser natural de un país determinado; si desde el punto de vista jurídico-administrativo, el concepto “ciudadano” tiene su antígona en el de “administrado” (aquél un sujeto activo; éste uno pasivo, como bien explicaba Garrido Falla), en términos políticos o sociales podemos también establecer una contraposición entre los términos “súbdito” y “ciudadano”.   Súbdito proviene del latín súbditus, participio pasado de subd?re, someter. Así el súbdito de un Estado sería aquella persona que forma parte de una comunidad nacional determinada y que mantiene una posición pasiva, sometida en las relaciones con el poder al titular del mismo. Sin perjuicio del hecho cierto de que, cada cuatro años, varios millones de personas vayan a depositar una papeleta con unas listas de individuos, la mayoría de las veces desconocidos, en unos procedimientos administrativos electorales (presunción iuris tantum), a fin de que vayan a desempeñar una función pública de representación (sic), la condición actual de los habitantes de España es, sin duda alguna, la de súbditos; según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, “sujeto a la autoridad de un superior con obligación de obedecerle”. Frente, como veremos posteriormente, a la condición de ciudadano, el súbdito estará alejado de cualquier decisión de los centros de poder, careciendo de instrumentos legales eficaces para participar o influir efectivamente en las decisiones que le afectarán y siendo, en definitiva, adocenado por los instrumentos al servicio del poder establecido, que machaconamente defienden una mentira hasta que las personas creen que es una verdad inmutable, como las leyes de la física o de la misma biología; la mentira no es otra tan simple como decir que los súbditos tienen representantes; por tanto, la prueba en contrario de que no son representados adquiere todo su esplendor, para sacar a la luz de la verdad, que dicha representación en las instituciones políticas no existe. ¿Quién representa hoy a los ciudadanos españoles en España? Sin ser fuente de autoridad irrefutable, mucho menos en términos políticos o jurídicos, nuevamente extraigo del Diccionario de Real Academia de la Lengua una acepción del verbo representar: ”6. tr. Sustituir a alguien o hacer sus veces, desempeñar su función o la de una entidad, empresa, etc.”. Como vemos, por cuanto no tenemos quien nos represente en realidad, y carecemos de capacidad de elección a nuestros gobernantes, pues se eligen entre ellos mismos gracias al régimen de la Transición, sólo estamos sujetos a la autoridad –más bien potestad- del superior, con obligación de obedecer.   Un ciudadano, sin embargo, eleva su posición en las relaciones con el poder, conquistando primero la libertad política y obligándose a establecer relaciones activas con el soberano y sus propios representantes, a todos los cuales en un primer momento elegirán, en todo momento controlarán y, si se dieran las circunstancias oportunas, los depondrán, sin limitaciones temporales. La elección de los representantes exigirá mecanismos para que no pueda haber prueba en contra de esa representación; existiendo una presunción material iuris et de iure, como por ejemplo el mandato imperativo, hoy prohibido en la Constitución de 1978. Es decir, no cabrá prueba en contrario de que tal representación no existe. Ante constancia mínima de ausencia de representatividad, deposición inmediata del representante. El ya mencionado mandato imperativo, la separación de poderes en origen y el sistema electoral mayoritario a doble vuelta en distritos uninominales, serán engranajes que den claro sentido al concepto de representatividad.   Sin embargo, ante la situación de los habitantes de España, en cuanto a su débil posición jurídico-política, tomo a Cervantes como referencia: “Estos señores bien pueden entregarte mi cuerpo, pero no mi alma que es libre y nació libre y ha de ser libre.” Mi alma es, aunque no exclusivamente, mi “ciudadanía” activa, que me impide rebajarme a la condición de súbdito. Y a ese noble concepto de ciudadanía no puedo renunciar, porque glosando a don Manuel Azaña: “La libertad no hace felices a los hombres; los hace, sencillamente, hombres”.   Fruto del coraje de los jóvenes corazones, algunos de ellos con 87 años de constante latido por la libertad, nace el movimiento de los “indignados” o el más sereno y certero Movimiento Ciudadano hacia la Libertad Política, bajo la consigna de Libertad Constituyente y el magisterio de don Antonio García-Trevijano Forte.   Fruto de esta rebeldía serena de ciudadano comprometido con su patria, el pasado 20 de junio de 2011, en pleno debate sobre repartos económicos, superficies de despachos y publicación de bienes de los diputados –cada loco con su tema, horas antes de su suicidio, Hitler enviaba a la lucha por los suburbios de Berlín a ejércitos imaginarios-, remitía una propuesta a la Junta General del Principado de Asturias, exigiendo el debate público de una serie de medidas de transparencia, a la par que exigía que se diera marcha atrás al contrafuero de subir las asignaciones de los grupos parlamentarios en 416.172 euros.   Previamente a la remisión de ese escrito, se lo dejé ver a determinadas personas, para su valoración y comentarios. Por su amistad me lo alabaron; por su amistad, opinaron sobre el destino del escrito: “Con suerte, será reciclado”. Lo cual denota el arduo camino que a esta sociedad española le queda por andar.   Resumiendo mucho. Que personas inteligentes, a la luz de ese escrito, señalen el amargo destino de tres hojas DIN A4, muestra que la sociedad sabe que no tiene representantes verdaderos. Que votan a individuos, pero que no eligen a sus representantes. En primer lugar, el contenido del escrito sólo tenía a una persona como destinataria, pero no por ser mi representante, sino por ser el Presidente de la Asamblea Legislativa asturiana; en segundo lugar, dicho escrito ni iba a ser tramitado (por criterios leguleyos) ni iba a ser debatido. En tercer lugar, iban copias a cada uno de los grupos parlamentarios de la cámara legislativa (¿se necesitan entonces 45 diputados, con el actual sistema electoral; no sería suficientes 4, uno por grupo?).   Florilegio: “Con súbditos, el poder se detenta; con ciudadanos, se ostenta”.

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