La prevaricación no sólo es un mal en si mismo y la negación de la justicia por quien debe impartirla con independencia personal. Además de corromper personalmente y constituir una lesión a un bien público digno de protección, como es la probidad de la Administración de Justicia, conlleva daños muy concretos e individualizables en la acción judicial de la que trae causa. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tras declarar la ilicitud de las medidas de intervención acordadas por Garzón de las conversaciones que mantuvieron los abogados del caso Gürtel con sus clientes en prisión, ha acordado la nulidad de todas las actuaciones realizadas en la causa relacionadas con éstas. Es decir, no sólo ha declarado la nulidad de las conversaciones intervenidas, sino de todo lo actuado al hilo de las mismas en aplicación de la “doctrina del árbol envenenado”.   Mediante Auto dictado por el TSJM, la Sala estima el recurso presentado por la postulación procesal de los principales implicados en la trama mafiosa, Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, precisamente los tres acusados que ingresaron en prisión preventiva. La resolución fue tomada por los Magistrados de Sala D. Francisco Javier Vieira, D. Emilio Fernández Castro y D. José Manuel Suárez Robledano, contando con el voto particular en contra de este último. En concreto, el juez discrepante entiende que existían indicios suficientes de delito para justificar las grabaciones entre los imputados y los abogados. La consecuencia de la decisión en este procedimiento sobre aquel en que se juzga la prevaricación del instructor al acordar las interceptación de las comunicaciones que causa vicio de nulidad, parece evidente. Sin embargo cabe preguntarse qué es más grave, si la decisión misma de proceder contra el elemental derecho a la confidencialidad entre letrado y cliente, o que unos saqueadores reconocidos materialmente como tales, salgan impunes, o al menos mitiguen su responsabilidad penal, a causa de una decisión judicial a sabiendas ilícita por la evidencia del mal derecho en que se amparaba, lo que ahora encuentra reconocimiento judicial explícito.   Es la resaca de instruir portadas y telediarios en lugar de procedimientos judiciales. Sócrates resumía las virtudes del buen juez en cuatro: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente. El premio es la silenciosa consideración pública de la función estatal de juzgar a sus propios conciudadanos (auctoritas), la borrachera de la fama y el estrellato mediático se alcanza fácilmente actuando en sentido contrario de esas cuatro elementales normas de conducta. Tras la borrachera viene la resaca. Pero la cabeza nos duele a todos.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí