Según el análisis de Max Weber, el funcionamiento de los Parlamentos era el que se esperaba de ellos, votando libremente para formar mayorías, hasta que se produjo la “burocratización de los partidos”. Este hecho, potenciado y consolidado por el sistema proporcional de listas electorales, transforma a los diputados “de señores de sus electores en servidores del jefe de la máquina del partido”. Y cuando este fenómeno se da dentro de una Constitución como la que padecemos en España, es decir, sin división material o efectiva de poderes, entonces se produce la total apropiación del poder por el estado mayor del partido; y los distintos cargos o posiciones de mando, incluso las puramente burocráticas, se convierten en prebendas de los partidarios.   Atento a la realidad de su tiempo, Weber observó que la representación que empleaba el compromiso como medio para dirimir los conflictos, que era algo característico de todas las corporaciones estamentales, había sido adoptada por los sindicatos obreros. A esta manifestación actual de la vieja representación estamental la denominó “representación de intereses o representación profesional”, que es el ámbito donde el compromiso por negociación sustituye a la votación o decisión por mayoría. Además, percibió la tendencia al predomino de la representación profesional sobre la representación libre, sobre todo en las épocas de estabilización del desarrollo técnico y económico, y con ello dictaminó que “la vida de los partidos habrá cesado en gran medida”. La democracia orgánica, fuente de inspiración ideológica del franquismo, estaba prevista por Weber pero siempre como una forma de dominación incompatible con el tipo democrático.   La política española practica y enaltece el “compromiso”, es decir, el consenso entre partidos y gobierno al margen de un Parlamento que sólo se utiliza para registrar los acuerdos alcanzados fuera del mismo y cumplir el rito constitucional de que sean los individuos, y no los grupos, quienes concurran a la formación de la voluntad política. Este uso, no incluido en el tipo de dominación legal de la democracia, demuestra que el régimen actual funciona como hubiese podido hacerlo la democracia orgánica del franquismo si éste hubiera tenido la astucia de evitar las reglas de la mayoría sin necesidad de prohibir los partidos.   El fundamento teórico de la práctica anticonstitucional del consenso lo hallamos en la teoría de juegos, como si la política fuese un juego de cooperación donde el acuerdo entre los   jugadores   da   un   resultado   de   suma positiva, en lugar de un juego competitivo por el poder, donde la regla de la mayoría da un resultado de suma cero. Cuando la política se practica como juego de cooperación mediante consenso entre los partidos, todos ellos ganan efectivamente algo, pero eso mismo que ganan lo pierden los electores en defraudación de expectativas.

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