En estas mismas páginas (“Privilegios Bancarios”; Diario Español de la República Constitucional de 27/04/2.010) D. Lorenzo Alonso demostraba magistralmente la ausencia de auténtico mercado bancario en España, esbozando el cuadro del coto de caza privilegiado de esa oligárquica coyunda, sin riesgo de quiebra y dependiente, no de las circunstancias, leyes y usos del comercio, sino de la cercanía al poder político. Pues bien, esa nefasta irresponsabilidad en el orden jurídico del desarrollo de una concreta actividad empresarial, se ve complementada además con un trato de favor fiscal también privilegiado, que cierra el círculo de protección patrimonial de tan favorecido gubernamentalmente sector económico.   La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) y el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) han denunciado públicamente el “escandaloso trato de favor” que la Agencia Tributaria está dispensando a las 3.000 grandes fortunas titulares de cuentas opacas en Suiza a través de Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV), con el argumento de que el capital de estas mercantiles podría ir a parar a otros países si aumenta su gravamen. El privilegio fiscal por razón de la actividad económica de las SICAV se concreta esta vez en que la administración tributaria, en lugar de abordar la inspección de estas mercantiles ante la sospecha de fraude, o de poner en conocimiento los hechos del juez por la posible comisión de delito fiscal, ha apercibido mediante requerimiento a sus administradores para que presenten declaraciones complementarias, y con ello “eviten su responsabilidad”.   Para IHE estas actuaciones suponen “un escandaloso privilegio para unas personas que presuntamente han incumplido gravemente sus obligaciones fiscales, mientras que al resto de contribuyentes no se les dan oportunidades adicionales de regularización, y se les aplica el sistema sancionador administrativo o penal, con todo el peso de la ley”. Por su parte GESTHA estudia la posibilidad de emprender acciones legales ante la Fiscalía Anticorrupción por este trato de favor, considerando inconcebible que el organismo responsable de encabezar la lucha contra el fraude ofrezca al defraudador la oportunidad de saldar voluntariamente sus cuentas con el fisco, amparado en la particularidad de la actividad que desarrolla.

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