Paco Bono

PACO BONO SANZ

Pretendo con este artículo aclarar de forma sencilla conceptos que la mayoría de tertulianos y analistas políticos (algunos de ellos de analistas tienen bien poco) confunden por interés o por desconocimiento, ya sea porque les haya ido muy bien con las mentiras y las traiciones del régimen de 1978, ya sea porque hayan nacido y hayan sido educados, si no adoctrinados, bajo este mismo régimen. Empecemos por los conceptos de Nación y de Estado. ¿Qué es la Nación? Podría definirse como una unidad social y política fruto de los hechos de la historia (voluntarios e involuntarios) y de los accidentes geográficos, infinita en sus definiciones, pero delimitada tanto geográfica como temporalmente. ¿Qué es el Estado? El sujeto jurídico de la Nación, tal y como explica Don Antonio García-Trevijano, ya que la Nación no puede tener personalidad jurídica por sí misma. Max Weber definió también al Estado como aquél que posee el monopolio de la violencia legal. En tanto que el Estado puede obligarte a obedecer normas, a pagar impuestos, etc…

Comprendidos los conceptos de Nación y de Estado, estamos preparados para afrontar la diferencia entre forma Estado y forma de gobierno. Queda claro que la Nación, al no ser sujeto jurídico, aunque sí que sea una realidad objetiva, necesita del Estado para establecer su forma política. Formas de Estado son, por ejemplo, la monarquía y la república. Formas de gobierno serían el parlamentarismo, la partidocracia, la democracia… España tiene una forma de Estado monárquica y una forma de gobierno partidocrática (gobierno de partidos subvencionados por el Estado).

Definidas Nación y Estado, y forma de Estado y forma de gobierno, conozcamos la diferencia entre régimen y sistema. ¿Por qué decimos los repúblicos que en España hay un régimen político en lugar de un sistema político? Porque es régimen aquella estructura de poder en la que es el Estado el que ordena a la Nación. En cambio, es sistema aquella estructura de poder en la que es la Nación la que ordena al Estado. Como Franco (Estado) nombró heredero a Juan Carlos (Estado), y el nuevo Rey nombró presidente a Suárez (Estado), y el presidente del gobierno organizó el consenso, el reparto de poder y dividió a la Nación en 19 autonomías… En España hay un régimen de poder.

A continuación, quisiera ayudarles, como hicieron conmigo, a que puedan definir su posición política y social. Se puede ser de izquierdas y de derechas (de centro sólo es quien ostenta el poder, pues goza de la centralidad). Pero la diferencia está en si lo eres desde el punto de vista de la libertad (izquierda y derecha política) o desde la perspectiva de la igualdad (izquierda y derecha social). Yo soy políticamente de izquierdas, puesto que antepongo la libertad a cualquier ideología, lucho por la libertad política, la libertad de todos, porque sé que para que yo sea libre, todos tienen que ser libres. Sin embargo, socialmente no me defino, no me interesa, no mientras no exista un sistema de poder democrático fundado sobre la libertad constituyente (la libertad colectiva). Todos los partidos subvencionados por el Estado y que aceptan este régimen de poder fundado por Franco son políticamente de derechas, si no de extrema derecha. En cambio, son socialmente de izquierdas, de derechas o simplemente socialdemócratas.

La socialdemocracia busca la integración de las masas en el Estado, por eso desprecia la representación ciudadana, porque defiende la aberración de que el pueblo está representado a través de unos partidos estatales que dice, “garantizan” el Estado de bienestar (inventado por Bismarck). La mayoría de los países de Europa (salvo Francia, Gran Bretaña y Suiza) tienen regímenes de poder con forma de gobierno partidocrática de ideología socialdemócrata. La alternativa está en el liberalismo político, cuyo ejemplo es Gran Bretaña, o la democracia formal, cuyo ejemplo es Estados Unidos. La diferencia entre una forma de gobierno liberal y una forma de gobierno democrática está en que si la primera exige la representación ciudadana (la elección de diputados de forma uninominal, por mayoría absoluta y en distritos pequeños), la segunda añade además la forma de Estado republicana y la separación de poderes (la elección por separado de los poderes ejecutivo y legislativo). Dicho esto, espero haber contribuido, humildemente, a esclarecer conceptos de tan necesaria difusión si queremos conquistar la libertad política en España para fundar una verdadera democracia representativa.

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