Las dos juezas de Madrid que han declarado la “inviolabilidad” del rey en el ámbito civil para rechazar la demanda de paternidad interpuesta por el catalán Albert Solá y la belga Ingrid Jeanne Satiau han cometido una “monstruosidad legal” tan aberrante que obligaría ahora a un ministro a asumir la paternidad de estos dos hijos, toda vez que la Constitución española advierte que todos los actos del rey son sancionados por el Gobierno mediante resolución del Consejo de Ministros.

Así se expresó el abogado Antonio García Trevijano en el informativo de Radio Libertad Constituyente, pues explicó que el hecho de que las dos juezas apliquen la inviolabilidad a los actos civiles del rey está provocado por “el miedo, respeto, reverencia y adulación al rey”, ya que sólo estas circunstancias permiten defender “que el rey tiene una protección especial”, lo que supone meterse en un jardín legislativo de difícil salida.

 

 

“El Derecho Civil protege a todos los que tienen derechos civiles, no solo al rey”, dijo Trevijano, que manifestó también que con esta decisión judicial, Juan Carlos “tiene la misma impunidad que tenía el derecho de pernada”, aunque negó que este acto equivaliera a este derecho feudal.

El letrado advirtió de la “caradura y cinismo de quienes escriben y firman” esta resolución y apeló al teórico Benjamin Constant y sus ensayos sobre la irresponsabilidad del rey, porque alegarla en una decisión judicial significa “que un ministro debe hacerse responsable de sus actos” y llevada esta resolución a su aplicación literal, obligaría a ese ministro designado por el Gobierno “a hacerse responsable de esa paternidad” ya que los actos reales deben ser sancionados por el Ejecutivo. “Ningún acto nunca deja de estar sancionado”, afirma Trevijano, además del contrasentido legal que supone garantizar también la impunidad del rey si es acusado de robo.

 

 

Además, el hecho de que el fiscal ya haya anunciado que no apoyará el recurso de los demandantes significa que “está actuando como si la demanda civil fuera fuera un delito penal y ni siquiera deja abrir un periodo de prueba”, lo que evidencia que está actuando por instrucciones de su superioridad, el fiscal-jefe.

Por su parte, la Casa Real transmitió oficiosamente sus argumentos en favor de las dos juezas, que recogió el diario “El Plural”:  “el principio de inviolabilidad del Rey ya tenía un precedente en la jurisdicción civil, cuando el Supremo negó a un ciudadano su derecho a rectificación en relación al discurso navideño del Rey del 24 de diciembre de 2005. Pretendía que Don Juan Carlos admitiese que el demandante y su familia quedaban excluidos de la consideración de que todos los españoles eran monárquicos tal y como, en su opinión, se desprendía de su mensaje. Quién sí consiguió que le reconocieran su vínculo con los borbones fue Leandro de Borbón, hijo de Alfonso XIII y tío, por tanto, de Don Juan Carlos. La sentencia es de 2003 y reconoce su derecho a utilizar el apellido Borbón. El juez no consideró necesario hacer una prueba de ADN ante la contundencia de las pruebas. Entre ellas las transferencias de dinero que el rey Alfonso XIII hizo a un banco suizo para él y su hermana, Ana María Teresa, ya fallecida, así como 30 libros que reconocían su existencia”.

 

Ingrid y Albert.

 

El suplemento “Vanitatis”, por su parte, recoge la opinión de los demandantes: “Por lo pronto, los dos hermanos (las pruebas de ADN demostraron su consanguineidad al 91%), que se conocieron a raíz de las pruebas y aseguran ser hijos ilegítimos del Rey, se reunirán estos días para decidir cuál es el próximo paso a seguir. Aunque todavía no conoce el parecer de su hermana, Albert Solá está decidido a continuar hasta el final. Ni siquiera le preocupa la cuestión de la inviolabilidad del Monarca patrio. “La demanda no está interpuesta a la ligera. Se analizó todo mucho antes de presentarla. De hecho, consulté con más de una docena de abogados, fiscales y presidentes de Audiencias provinciales que la inviolabilidad no es tal cuando se trata de supuestos de responsabilidad de personas físicas. Ese precepto solo protege al Rey como rey” y anunció que llegara, si fuera necesario, hasta el Tribunal europeo de Estrasburgo.

 

 

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